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Análisis · Provincia
La Justicia ordenó hacer efectiva la clausura de la planta de efluentes de Gualeguaychú
El juez federal Hernán Viri dispuso, a pedido de la Fiscalía, ejecutar la medida que dictó en agosto y que las defensas recurrieron mientras la planta seguía funcionando. La entidad que administra el Parque Industrial había difundido un certificado ambiental provincial como respaldo; la clausura rige hasta que se pruebe que los vertidos se tratan bien.
Redacción ExactaLectura de 9 min
Síntesis
- La clausura dictada en agosto quedó firme el jueves 22, después de que la Cámara Federal de Paraná rechazara los recursos de las defensas.
- La Justicia se apoya en una muestra de junio con Escherichia coli y metales pesados junto al barrio Don Pedro, y en un certificado ambiental vencido desde 2021.
- El certificado que la Provincia otorgó el 20 de octubre, según la entidad que administra el Parque, no levanta la medida: la clausura rige hasta que se pruebe que los vertidos se tratan conforme a la norma.
El juez federal de Gualeguaychú, Hernán Viri, ordenó el miércoles 28 hacer efectiva la clausura de la planta que trata los efluentes del Parque Industrial, a pedido de la Fiscalía. La medida de agosto había quedado firme. La orden no alcanza al Parque: cada industria puede retirar sus residuos con empresas especializadas.
La planta recibe los efluentes líquidos de las industrias del Parque y los trata antes de volcarlos al río Gualeguaychú. En septiembre, la Cámara Federal de Paraná consideró que las pruebas mostraban, por el momento, un daño ambiental en la zona, con muestras tomadas junto al barrio Don Pedro, lindero a la planta. La Corporación del Desarrollo de Gualeguaychú (Codegu) administra el Parque junto con una comisión administradora. El 20 de octubre informó que la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos le había otorgado a la planta un nuevo certificado ambiental.
El texto de la orden no se difundió. La informaron dos medios de Gualeguaychú. El Día la atribuye a un pedido de Pedro Rebollo, el fiscal federal de la ciudad, que investiga la causa y había pedido la clausura; Reporte2820 habla de un pedido del Ministerio Público Fiscal. Según Reporte2820, la medida se concretará una vez cumplidas las actuaciones necesarias para hacerla operativa; ninguno de los dos medios informó una fecha ni el modo en que se ejecutará.
La decisión de agosto quedó firme el jueves 22, tras el rechazo de los recursos, según FM Máxima, también de Gualeguaychú. La emisora informó que Rebollo pidió una nueva audiencia con todas las partes y que Viri dispuso diez días de secreto de sumario. Según El Día, la resolución de agosto preveía controles periódicos de la planta a cargo de Delitos Ambientales de la Policía Federal y de la Secretaría de Ambiente provincial, una vez efectiva la clausura.
Bacterias y metales junto al barrio Don Pedro
La causa empezó en julio de 2025 con una denuncia de vecinos del barrio Don Pedro, según la cual la planta volcaba al río los efluentes de las industrias del predio sin tratarlos. Viri dictó la clausura preventiva el 24 de agosto, a pedido de Rebollo, y la fijó sin plazo, hasta que se acredite que los vertidos se tratan de forma adecuada. La primera muestra de la investigación, de agosto de 2025, había dado plomo y Escherichia coli, una bacteria que indica contaminación de origen fecal.
La Cámara destacó especialmente la muestra del 9 de junio. Según el Ministerio Público Fiscal, personal de la Policía Federal y de la Subsecretaría de Ambiente municipal la extrajo en el ingreso del barrio Don Pedro. El punto está en una cañada lindera a la planta que El Día y Reporte2820 llaman El Melgar. El análisis halló Escherichia coli y seis metales por encima de los límites de referencia: aluminio, cromo, cobre, plata, selenio y zinc.
La resolución de agosto, citada por El Día, registró en la muestra del 9 de junio 19.750 unidades formadoras de colonias de Escherichia coli cada 100 mililitros. Es una de las unidades con que los laboratorios cuentan bacterias en el agua. El plomo, que algunas notas de los últimos días incluyeron entre los metales hallados, corresponde a la muestra de agosto de 2025, tomada en la planta.
El 25 de septiembre, Mateo José Busaniche y Cintia Graciela Gómez, camaristas de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, confirmaron la clausura. Lo hicieron en línea con el dictamen de José Ignacio Candioti, fiscal general ante ese tribunal. Candioti había sostenido que la planta funciona «de manera inadecuada e insuficiente». En su voto, Busaniche sostuvo que había «por el momento» un «daño ambiental concreto y persistente» y tuvo por acreditado el nexo entre la contaminación de la cañada y los vertidos de la planta.
El voto sumó un elemento administrativo. El Certificado de Aptitud Ambiental de la planta, emitido por la Secretaría de Ambiente provincial en noviembre de 2019, estaba vencido desde 2021, y de la causa no surgía una renovación pendiente. Busaniche lo describió como una «infracción administrativa» cuya persistencia mostraba «un desapego a los estándares mínimos de control estatal».
Los recursos de las defensas y una planta que siguió funcionando
La clausura no se ejecutó en agosto. Ese mismo 24 de agosto, Reporte2820 informó que la implementación no sería inmediata porque el Parque podía recurrir. El 11 de septiembre, la Codegu y la comisión administradora dijeron en un comunicado que la planta se encontraba «operativa y en régimen», y el 20 de octubre la Codegu escribió que «continúa funcionando».
Mientras tanto, las defensas recurrieron. Apelaron las de Juan José Benedetti, Pedro Delfino y Rafael Alejandro Núñez, integrantes de la Comisión Administradora del Parque, y la de George Thomas Fogg, presidente de la Codegu. Los cuatro están entre los trece citados a indagatoria, el acto en que el juez le informa a un imputado de qué se lo acusa y este puede declarar o negarse.
Según Reporte2820, Gustavo Pauletti, abogado de Benedetti y Núñez, sostuvo que la resolución que confirmó la clausura equivale a una sentencia definitiva y alegó arbitrariedad y afectación del ejercicio de una industria lícita. Pidió dejarla sin efecto o, como alternativa, que la planta funcione bajo control judicial. Ramiro Nario, abogado de Fogg, afirmó que la muestra del 9 de junio es nula porque se tomó sin control de la defensa y no se puede repetir.
La Cámara rechazó el 6 de octubre un pedido de aclaratoria de la defensa de Fogg; según Reporte2820, ese recurso sólo sirve para corregir errores u omisiones materiales. El 14 de octubre concluyó que los recursos de casación de las defensas no encuadraban en el Código Procesal Penal, porque la clausura preventiva no es una sentencia definitiva «por su naturaleza ni por sus efectos».
Las defensas ya habían cuestionado la muestra de junio en la apelación. La Cámara respondió entonces que revisar una medida cautelar, una decisión provisoria para evitar un daño mientras avanza la causa, no exige un «juicio de certeza» sobre cada prueba.
La Codegu ofrece otras pruebas. Sostiene que las muestras que la Policía Federal tomó el 19 de mayo en el punto de vuelco de la planta y en el río dieron dentro de la norma. También presentó en la Justicia un informe que la propia entidad y los industriales le encargaron al licenciado en Salud Ambiental Sebastián Chiappella, que concluye que la planta «mantuvo su capacidad funcional» entre el 20 de febrero y el 27 de agosto.
Las muestras de mayo no miden lo mismo que la de junio: son de otra fecha y de otros puntos. El informe evalúa la carga orgánica y los resultados microbiológicos, y la gacetilla con que la Codegu lo difundió no menciona metales.
El certificado que difundió la Codegu
Según la Codegu, la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos le otorgó el 20 de octubre a la planta el Certificado Único Ambiental, por la Resolución 594/2026. Es el instrumento con que la provincia unifica y reemplaza las certificaciones ambientales anteriores de las actividades económicas e industriales. La entidad enumera las exigencias de la resolución: actualizar el plan de gestión ambiental, reforzar el control de las descargas, presentar análisis de laboratorio periódicos y abrir instancias de participación ciudadana. Para la Codegu, la resolución es «un respaldo a todo lo que se ha venido haciendo».
La resolución no se publicó en el Boletín Oficial de Entre Ríos y la Provincia no difundió información propia sobre ella, de modo que lo que se conoce del certificado llega por la Codegu. Las notas sobre la orden del miércoles 28 no lo mencionan, y la Codegu no dijo si lo presentó en el expediente.
Certificado y clausura responden a cosas distintas. El certificado es la habilitación administrativa de la Provincia, con exigencias a cumplir hacia adelante. La clausura, en cambio, rige hasta que se acredite en la causa que los vertidos se tratan conforme a la normativa vigente. Además, la Cámara trató el certificado vencido como una infracción administrativa y fundó la medida en las muestras.
Dictada la orden, queda pendiente su ejecución; no se informó si ya se hizo la nueva audiencia que pidió el fiscal. La causa penal sigue en paralelo. Según el calendario que publicó Reporte2820, las indagatorias a directivos de la Codegu y del Parque continúan el 11 y el 25 de noviembre y el 16 y el 29 de diciembre. La planta podrá volver a operar sólo cuando se acredite en el expediente que sus vertidos se tratan conforme a la norma.
Fuentes de este cruce
- DocumentoMinisterio Público Fiscal de la Nación (fiscales.gob.ar) · https://www.fiscales.gob.ar/medio-ambiente/gualeguaychu-la-camara-federal-confirmo-la-clausura-preventiva-de-la-planta-de-efluentes-del-parque-industrial/28/09/2026
- DocumentoCorporación del Desarrollo de Gualeguaychú (Codegu), administradora del Parque Industrial e imputada en la causa a través de su presidente · https://codegu.com.ar/planta-de-tratamiento-de-efluentes-certificado-unico-ambiental/21/10/2026
- DocumentoCorporación del Desarrollo de Gualeguaychú (Codegu) · https://codegu.com.ar/un-estudio-tecnico-avala-el-funcionamiento-de-la-planta-de-tratamiento-del-parque-industrial/25/09/2026
- Medio provincialEl Dia · La Justicia Federal clausuró preventivamente la planta de tratamiento de efluentes del Parque Industrial Gualeguaychú24/08/2026
Ver las 18 fuentes
- Medio provincialReporte2820 · Contaminación en el PIG: el juez Viri ordenó clausurar la planta de efluentes e indagar a directivos de la CODEGU24/08/2026
- Medio provincialEl Dia · Desde Codegu afirmaron que la Planta de Tratamiento de Efluentes del PIG "se encuentra operativa y en régimen"11/09/2026
- Medio provincialReporte2820 · La Justicia federal ratificó la clausura de la Planta de Efluentes del PIG25/09/2026
- Medio provincialEl Dia · La Cámara Federal de Paraná ratificó la clausura preventiva de la Planta de Efluentes del Parque Industrial Gualeguaychú25/09/2026
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Cómo se hizo esta nota
La nota se basa en el comunicado del Ministerio Público Fiscal sobre la confirmación de la clausura, en dos gacetillas de la Codegu (sobre el informe técnico y sobre el certificado), en la revisión de las ediciones del Boletín Oficial de Entre Ríos desde agosto y en las notas de El Día, Reporte2820, FM Máxima y ERA Verde sobre la causa, reunidas en el relevamiento de Exacta. La orden del miércoles 28 y las resoluciones de la Cámara de octubre se conocen por lo que publicaron esos medios. Esta nota fue elaborada con asistencia de inteligencia artificial y verificación de sus afirmaciones.
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