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Análisis · Economía
El Gobierno reglamentó cómo se pagarán los descuentos de Zona Fría en el gas
El decreto 1266/2026, publicado el lunes 26 en el Boletín Oficial, mantiene el recargo de hasta 7,5% sobre el precio del gas que financia el fondo y dispone que las compensaciones se paguen directo a las empresas proveedoras. Las distribuidoras siguen aplicando las bonificaciones en las facturas.
Redacción ExactaLectura de 5 minActualizada el 27 de octubre de 2026, 10:00
El Gobierno nacional reglamentó los cambios al Régimen de Zona Fría que introdujo la ley 27.828. Lo hizo con el decreto 1266/2026, fechado el 25 de octubre y publicado el lunes 26 en el Boletín Oficial, con las firmas de Javier Milei, Diego Santilli y Luis Caputo. Según su artículo 9°, rige desde el día de su publicación.
La norma tiene dos anexos: el primero reglamenta el Capítulo I de esa ley y el segundo es el modelo del nuevo contrato de fideicomiso que firmarán el Estado nacional y el Banco Nación.
El dinero del subsidio va directo a las proveedoras
El cambio central está en el circuito de pago. Los considerandos del decreto establecen que la compensación «debe calcularse sobre el precio del gas y abonarse directamente a las empresas proveedoras, excluyendo a las Distribuidoras y Subdistribuidoras de la administración y percepción de los fondos del subsidio».
Las distribuidoras quedan limitadas, según el mismo texto, a aplicar la bonificación al usuario final y a dar la información necesaria para determinar y distribuir el subsidio. Para cobrar, las empresas proveedoras de gas natural, gas propano por redes y gas licuado de petróleo deberán adherir al contrato de fideicomiso antes de vender gas dentro del régimen, de acuerdo con el artículo 5°.
El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE) seguirá a cargo del control técnico y la certificación de la información, dice el decreto. La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía queda como autoridad de aplicación: determina las compensaciones y bonificaciones e interviene en la validación final de los montos.
El recargo de hasta 7,5% se mantiene
Los descuentos salen del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas, que se nutre de un recargo de hasta 7,5% que se cobra sobre el precio del gas natural cuando entra a los gasoductos de transporte. Según el decreto, ese recargo se aplica a todo el gas que se consume o se vende por redes o ductos en el país, cualquiera sea su uso final, salvo el que se exporta y el gas natural licuado importado y regasificado.
El Once Digital informó que, según el Anexo I, el recargo deberá figurar discriminado en las facturas y que las distribuidoras deberán trasladarlo a los usuarios alcanzados sin ganar ni perder por ese concepto. AIM Digital aclaró que ese porcentaje se calcula sobre el precio del gas y que no equivale a un aumento del mismo tamaño sobre el total de la factura.
Los productores de gas actúan como agentes de percepción del recargo, y el decreto suma a los importadores, salvo los de gas natural licuado regasificado. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) fiscaliza su ingreso. Según El Once Digital, quienes perciben el recargo tendrán que presentar cada mes una declaración jurada, en los primeros cinco días.
Quiénes siguen con el beneficio
El decreto recuerda que la ley 27.828 mantiene los beneficios para los usuarios residenciales de gas natural y gas propano por redes de la Región Patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la Puna. Además, los hogares que cumplan los requisitos de la ley y estén en el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) pueden recibir una bonificación «adicional por Zona Fría» sobre sus consumos base.
La Pirámide enumeró algunos de esos requisitos: que el ingreso del hogar no pase de tres canastas básicas totales del INDEC para un hogar tipo 2, que algún integrante tenga el Certificado de Vivienda Familiar de barrios populares, que cobre la pensión de veterano de Malvinas o que tenga Certificado Único de Discapacidad, en este caso sujeto a la evaluación que prevé la normativa. Ese medio señaló que la bonificación adicional no necesariamente cubre todo el gas consumido.
Para la venta de garrafas, cilindros y gas propano a granel, el decreto señala que la ley 27.828 no introdujo cambios sustanciales respecto del régimen anterior.
Según El Once Digital, el decreto no fija un nuevo porcentaje general de descuento ni anuncia un aumento específico de tarifas. Urgente24 tituló su nota: «Zona Fría: Menos subsidios al gas pero se mantiene el recargo del 7,5% para los usuarios».
Los porcentajes los fijó después la Secretaría de Energía. El martes 27 de octubre, El Once Digital e Informe Digital informaron que ese día se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 299/2026, que establece una bonificación del 50% sobre el precio del gas natural y del gas propano indiluido por redes para la Región Patagónica, Malargüe y la Puna, y una bonificación adicional del 20% sobre los consumos base para los usuarios del SEF que cumplan los requisitos. Entre esos requisitos, según ambos medios, está tener el suministro en determinadas subzonas bioambientales y estar fuera de las áreas que reciben el 50%. Informe Digital aclaró que ese descuento se aplica sobre el precio del gas y no equivale a una rebaja del 50% sobre el total de la factura.
El mismo fondo, con otro contrato
El nuevo contrato de fideicomiso reemplaza al vigente sólo para adecuarlo a la ley, y su firma no crea un fondo nuevo ni extingue el que existe, establece el artículo 3°. El Banco Nación sigue como fiduciario. El Once Digital informó que el fondo seguirá vigente hasta el 31 de diciembre de 2031.
El decreto deroga el decreto 486/21, que reglamentaba el régimen anterior, y mantiene el decreto 786/02 en todo lo que no choque con la nueva ley. Además, invita a las provincias a adherir al Régimen de Zona Fría.
Fuentes de este cruce
- DocumentoBoletín Oficial · Decreto 1266/202626/10/2026
- Medio provincialEl Once Digital · Reglamentaron los cambios en los subsidios al gas: qué pasará con las facturas26/10/2026
- Medio provincialAhora · Nación reglamentó los cambios en el Régimen de Zona Fría y redefinió los subsidios al gas26/10/2026
- Medio provincialLa Pirámide · Subsidios al gas: el Gobierno reglamentó los cambios y explicó qué pasará con las facturas26/10/2026
Ver las 6 fuentes
- Medio provincialAIM Digital · Subsidios al gas: reglamentaron los cambios y cómo se aplicarán en las facturas26/10/2026
- Medio nacionalUrgente24 · Zona Fría: Menos subsidios al gas pero se mantiene el recargo del 7,5% para los usuarios26/10/2026
Cómo se hizo esta nota
La nota se basa en el texto del decreto 1266/2026 publicado en el Boletín Oficial y en las notas de El Once Digital, Ahora, La Pirámide, AIM Digital, Urgente24 e Informe Digital sobre la reglamentación y sobre la Resolución 299/2026 de la Secretaría de Energía, publicadas entre el lunes 26 y el martes 27 de octubre. Las precisiones del Anexo I salen de esos medios.
Nuestro métodoCorrecciones y actualizaciones
- Actualización27/10/2026 · 10:00Actualizado el 27 de octubre: se agregó la Resolución 299/2026 de la Secretaría de Energía, publicada ese día, que fija la bonificación del 50% para la Patagonia, Malargüe y la Puna y una adicional del 20% para usuarios del SEF.


