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Domingo 8 de noviembre de 2026Paraná, Entre Ríos
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Análisis · Provincia

Qué se sabe del pedido de jury contra el fiscal adjunto Giannini Álvarez

Su exesposa, Alina Pérez, le atribuye en su escrito haber cobrado en su cuenta honorarios de un juicio ganado para el Estado y haber prestado una vivienda del IAPV antes del aval oficial. Según Cadena Entrerriana, él negó la violencia que ella denunció. El Jurado debe escucharlo y resolver dentro de los 30 días si abre la causa.

Redacción ExactaLectura de 10 min

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Casa de Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, en Paraná.
Casa de Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, en Paraná. Foto: Doctor seisdedos / Wikimedia Commons (CC BY-SA 3.0)

Síntesis

  1. Según el escrito, en 2024 le regularon $19,4 millones de honorarios por un juicio ganado para el Consejo General de Educación, que por la normativa debían repartirse entre la Fiscalía y los abogados del Estado.
  2. Las escrituras que publicó La Caldera muestran que en 2025 el IAPV le vendió el dúplex por los $30.819,50 del boleto de 1999 y que ese mismo día él lo permutó por una quinta.
  3. Giannini Álvarez negó la violencia que ella le atribuye y pidió la nulidad del matrimonio; el Jurado debe escucharlo y resolver en 30 días si abre la causa.

Alina Pérez, exesposa del fiscal de Estado adjunto Pablo Giannini Álvarez, pidió al Jurado de Enjuiciamiento que lo suspenda y lo destituya. Según el escrito, que Entre Ríos Ahora publicó el sábado 7, habría cobrado en su cuenta honorarios de un juicio ganado para el Estado y prestó una vivienda pública antes del aval oficial.

Giannini Álvarez es uno de los dos fiscales adjuntos de la Fiscalía de Estado. La Constitución provincial encarga al fiscal de Estado defender el patrimonio público y le asigna «el control de legalidad de todos los actos del poder público». Giannini Álvarez recibió el acuerdo unánime del Senado en abril de 2017, después de ocupar el cargo de manera interina desde 2012. Está de licencia desde el 20 de julio, después de que Pérez lo denunciara por violencia de género, según Entre Ríos Ahora.

El Jurado de Enjuiciamiento es el tribunal que puede apartar de sus cargos a magistrados y a algunos funcionarios de la provincia, entre ellos el fiscal de Estado. Entre Ríos Ahora informó el miércoles 4 que el pedido había ingresado allí.

La denunciante pide la formación de causa, la «inmediata suspensión preventiva en el ejercicio del cargo» y la destitución con inhabilitación para ocupar cargos públicos. Invoca cinco causales, que van del «mal desempeño funcional» a una «conducta pública y privada manifiestamente incompatible con la dignidad de su investidura». El escrito resume así la acusación: un «patrón sistemático de confusión entre el patrimonio estatal y el interés particular del denunciado».

El pedido llega en medio de un conflicto familiar que ya estaba en los tribunales. Se casaron el 8 de noviembre de 2025, y en mayo de 2026 ella lo denunció por violencia de género. La causa tramita en el Juzgado de Familia N° 2 de Paraná.

Los honorarios del juicio por el Parque Berduc

El primer reproche patrimonial se refiere a una causa del Consejo General de Educación (CGE) contra la Municipalidad de Paraná por una parte de los terrenos del Parque Berduc. Según Entre Ríos Ahora, Giannini Álvarez representó al CGE en ese juicio civil y lo ganó.

El escrito cita una resolución de la Sala II de la Cámara Segunda de Apelaciones Civil y Comercial de Paraná, fechada el 7 de mayo de 2024. Esa resolución reguló honorarios a ocho profesionales, y a él le correspondieron $19,4 millones. En su primera nota, la del miércoles 4, Entre Ríos Ahora había hablado de «más de $100 millones», sin indicar de dónde salía esa cifra.

La acusación está escrita en condicional. Según el escrito, esos honorarios, que por la normativa debían ingresar al circuito oficial y repartirse, «habrían sido percibidos e ingresados» por Giannini Álvarez «en su cuenta bancaria personal». El propio texto aclara que eso «ha trascendido públicamente y habrá de acreditarse mediante la prueba informativa ofrecida», y agrega que el conflicto con la Fiscalía de Estado por ese reparto «no se encuentra resuelto». Pérez ya lo había dicho el martes 4 de agosto en Radio La Voz, de Paraná: «Ese dinero entró todo blanco a una de las cuentas de él».

La Ley 7296, orgánica de la Fiscalía de Estado, fija el destino de los honorarios que se regulan «al Fiscal de Estado o a quien lo sustituya» cuando la parte contraria es condenada en costas. La mitad va a la Fiscalía y la otra mitad se reparte «entre los integrantes del Cuerpo de Abogados de la Fiscalía de Estado», no entre todo el personal, como había resumido la nota del miércoles 4. La regla no rige para los abogados que no pertenecen al organismo.

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Un dúplex del IAPV y una quinta el mismo día

El segundo reproche tiene documentos publicados detrás. El viernes 2 de octubre, el portal ER 24 publicó una investigación periodística de La Caldera sobre un dúplex de la calle 25 de Mayo 831, en Paraná. Incluía copias del boleto de compraventa, de una resolución del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (IAPV) y de dos escrituras.

Según el boleto del 11 de junio de 1999, el IAPV vendió esa vivienda a otra familia por $30.819,50, a pagar en 120 meses. El documento calificaba ese precio de «estimativo provisorio y sujeto a reajuste». El escrito ante el Jurado agrega que la cláusula octava de ese boleto prohibía ceder el uso del inmueble «sin autorización previa y expresa del organismo».

Siempre según el escrito, el 1 de abril de 2021 Giannini Álvarez suscribió un comodato (un préstamo gratuito del uso) por el que entregó la unidad durante 12 meses a una tercera persona. En ese contrato se presentó como titular de los derechos sobre la vivienda e invocó una resolución del IAPV de 2016.

La Resolución 965 del directorio del instituto, que aceptó la cesión de derechos a su favor y ordenó escriturarle la unidad, es del 14 de mayo de 2021, «43 días después», según el escrito. El comodato sólo aparece en la denuncia; la resolución figura también entre los documentos de La Caldera.

El 28 de noviembre de 2025, por la escritura 275, el IAPV le vendió el dúplex por $30.819,50, la misma cifra nominal de 1999, que el instrumento da por pagada con anterioridad. Ese mismo día, por la escritura 144, Giannini Álvarez lo entregó en permuta a cambio de una quinta de 1.013 metros cuadrados, y la copia de esa permuta no consigna una compensación en dinero. En esa escritura, la quinta figura con una valuación fiscal de $12,1 millones y el dúplex con una de $6,6 millones, de modo que la valuación de la quinta es un 84% mayor.

La Caldera aclaró que las valuaciones fiscales «no equivalen a precios de mercado y, por sí solas, no prueban una ventaja indebida». Pérez, que firmó como compareciente en la compra al IAPV, le dijo a ese medio que no se pagó diferencia por la quinta, y La Caldera lo publicó como una declaración de parte.

La Caldera también señaló que las copias no muestran si la Fiscalía de Estado intervino en el trámite ni si Giannini Álvarez, ya fiscal adjunto, se excusó. Por eso, escribió, «no corresponde afirmar un conflicto probado». El escrito sostiene que no consta su excusación y lo presenta como un conflicto de intereses.

Un conflicto que empezó en el fuero de familia

La denuncia suma otros dos reproches. Uno es una supuesta «desproporción entre el patrimonio exhibido y los ingresos declarados como funcionario público», que el escrito vincula con una investigación penal por enriquecimiento ilícito promovida por separado. El otro, según el texto, es que publicó en Instagram «una certificación policial de carácter estrictamente reservado» de la causa de violencia de género. Pérez también llevó ese hecho al Tribunal de Disciplina del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos.

El frente judicial se abrió en mayo, cuando Pérez lo denunció en la Comisaría Octava al volver del viaje de bodas, según Cadena Entrerriana. La jueza suplente a cargo del Juzgado de Familia N° 2, Ana Cristina Quinteros Fagetti, dictó medidas de restricción que, según Entre Ríos Ahora, Pérez incumplió, y Giannini Álvarez inició acciones por incumplimiento.

El 24 de junio la jueza la intimó a eliminar publicaciones en Instagram y después ordenó pedirle a Meta que suspendiera sus cuentas de Instagram y Facebook. Antes había rechazado por improcedente el pedido de él para prohibir que los medios informaran sobre el divorcio y entrevistaran a Pérez. Pérez pidió también un jury para esa jueza, y Entre Ríos Ahora informó un tercer pedido, contra Tulio Rodríguez Signes, hermano del fiscal de Estado e integrante del Ministerio Público de la Defensa.

La única versión conocida de Giannini Álvarez es sobre ese conflicto. Según informó Cadena Entrerriana el martes 28 de julio, él negó las acusaciones y pidió la nulidad del matrimonio; además, atribuyó la denuncia a «situaciones de vulnerabilidad emocional» de Pérez. Sobre los honorarios y el dúplex no se conoce su respuesta; La Caldera le ofreció derecho de respuesta en octubre, igual que al IAPV, a la Fiscalía de Estado y a las escribanías que intervinieron.

Lo que tiene que decidir el Jurado

La Ley 9283, que regula el Jurado de Enjuiciamiento, permite que denuncie ante el tribunal cualquier persona que conozca un hecho que pueda dar lugar a una causa. Recibido el pedido, el Jurado debe darle vista al denunciado, escucharlo y resolver dentro de los 30 días si forma causa. Sólo procede si surge «en grado de probabilidad» un hecho de los que la ley enumera, y en esa misma resolución puede suspenderlo en el cargo.

Los textos dejan además una cuestión a resolver. La Constitución provincial (artículo 219) y la Ley 9283 (artículo 2) someten al Jurado al fiscal de Estado, y ninguna de las dos menciona a los fiscales adjuntos.

Entre las causales por las que la ley permite acusar al fiscal de Estado (artículo 17) no figura el «mal desempeño» que invoca el pedido; esa figura está en la lista para magistrados y funcionarios judiciales (artículo 15). Otras causales del escrito, como la ignorancia inexcusable del derecho, la inadecuada defensa de los intereses confiados o la conducta incompatible con la función, sí aparecen en el artículo 17.

Hasta el domingo 8 no se había informado ninguna decisión del Jurado. El paso que fija la ley es que el Jurado escuche a Giannini Álvarez y resuelva si abre la causa y si lo aparta del cargo mientras se tramita. Si la abre, el juicio no puede durar más de seis meses hasta la sentencia, salvo que se suspenda el debate, y nunca más de un año.

Fuentes de este cruce

  1. DocumentoAlina Pérez, exesposa de Pablo Javier Giannini Álvarez: escrito de denuncia ante el Honorable Jurado de Enjuiciamiento de Entre Ríos contra el fiscal de Estado adjunto · Alina Pérez, exesposa de Pablo Javier Giannini Álvarez: escrito de denuncia ante el Honorable Jurado de Enjuiciamiento de Entre Ríos contra el fiscal de Estado adjunto
  2. DocumentoLey 7296, Orgánica de Fiscalía de Estado de Entre Ríos (B.O. 7-5-1984), texto publicado por la Fiscalía de Estado · Ley 7296, Orgánica de Fiscalía de Estado de Entre Ríos (B.O. 7-5-1984), texto publicado por la Fiscalía de Estado07/05/1984
  3. DocumentoLeyes 8653 (1992) y 8954 (1995) de Entre Ríos, que sustituyen el art. 3 de la Ley 7296 (fiscales adjuntos) · Leyes 8653 (1992) y 8954 (1995) de Entre Ríos, que sustituyen el art. 3 de la Ley 7296 (fiscales adjuntos)14/11/1995
  4. DocumentoConstitución de la Provincia de Entre Ríos (reforma 2008), arts. 175, 209, 217 y 218 a 227 · Constitución de la Provincia de Entre Ríos (reforma 2008), arts. 175, 209, 217 y 218 a 22701/10/2008
Ver las 12 fuentes
  1. DocumentoLey 9283 del Honorable Jurado de Enjuiciamiento de Entre Ríos, con las modificaciones de la Ley 9513 (Biblioteca del Poder Judicial) · Ley 9283 del Honorable Jurado de Enjuiciamiento de Entre Ríos, con las modificaciones de la Ley 9513 (Biblioteca del Poder Judicial)08/09/2003
  2. DocumentoSenado de Entre Ríos, prensa institucional: crónica de la sesión del 5-4-2017 · Senado de Entre Ríos, prensa institucional: crónica de la sesión del 5-4-201705/04/2017
  3. DocumentoSenado de Entre Ríos, prensa institucional: audiencia pública del pliego de Giannini Álvarez como fiscal adjunto (21-3-2017) · Senado de Entre Ríos, prensa institucional: audiencia pública del pliego de Giannini Álvarez como fiscal adjunto (21-3-2017)21/03/2017
  4. Medio provincialCadena Entrerriana · La Justicia le negó un bozal legal al fiscal de Estado Adjunto Pablo Giannini28/07/2026
  5. Medio provincialRadio La Voz · Pérez: “Pablo Giannini compra lealtades hace 26 años en la Fiscalía”04/08/2026
  6. Medio provincialER 24 · NADIE INVESTIGA EN EL IAPV?: Los negocios inmobiliarios turbios del fiscal de estado adjunto Pablo Giannini02/10/2026
  7. Medio provincialEntre Rios Ahora · Piden jury al fiscal de Estado Adjunto04/11/2026
  8. Medio provincialEntre Rios Ahora · Por qué denunciaron ante el Jury al Fiscal de Estado Adjunto07/11/2026

Cómo se hizo esta nota

Relevamiento de Exacta de las notas de Entre Ríos Ahora del 4 y el 7 de noviembre y de la investigación de La Caldera publicada por ER 24 el 2 de octubre. Se sumaron la nota de Cadena Entrerriana del 28 de julio y la entrevista de Radio La Voz a Alina Pérez del 4 de agosto. El escrito presentado ante el Jurado se cita a través de las transcripciones de Entre Ríos Ahora, y los documentos del IAPV, a través de La Caldera y del escrito. Se leyeron la Constitución de Entre Ríos, la Ley 7296 de la Fiscalía de Estado, las leyes 8653 y 8954 sobre los fiscales adjuntos y la Ley 9283 del Jurado de Enjuiciamiento. También, las crónicas del Senado provincial de marzo y abril de 2017. Esta nota fue elaborada con asistencia de inteligencia artificial y verificación de sus afirmaciones.

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